12.11.2020 Ediles del MPP presentarán proyecto para prohibición de drogas en lugares de uso exclusivo de niños, niñas y adolescentes
Por Karen Corbo
Los ediles Carlos Cardinal y Mauro Álvarez presentarán en la próxima sesión –la última de la legislatura- un proyecto de decreto con el objetivo de desalentar el uso de sustancias psicotrópicas en lugares destinados para menores de edad.
«Tenemos el concepto de que los espacios para los niños tienen que ser impecables, no pueden ser contaminados por ninguna acción de los adultos que pueda afectar su salud física, mental, su hábitos y evidentemente que le pueda de alguna de manera ‘contagiar’ los vicios, porque estamos hablando de personas que están en formación. A eso nos referimos en principio que apuntamos siempre a que los espacios que son predominantemente para niños, niñas y adolescentes sean espacios libres de todo tipo de toxicidad», explicó el edil del Frente Amplio, perteneciente al Movimiento de Participación Popular, Carlos Cardinal.
El representante señaló que a través de la aprobación de la normativa se busca desalentar «ese tipo de vicios que le afectan a la salud y afectan también a la salud de los demás, porque en realidad cuando uno fuma en un espacio cerrado o en un espacio donde hay otras personas, indirectamente los está afectando».
JDL
Los ediles no han conversado el tema con sus pares, sino que lo harán en la sesión del miércoles 18 de noviembre. Uno de los aspectos claves es la limitación de los conceptos de «espacio de dominio público» y «espacio de dominio privado». «La norma trata de desalentar el uso tratando de concientizar que no es lo mejor, de que no seamos tan egoístas y pensemos en los demás», señaló al respecto Cardinal.
El proyecto
Proyecto de DECRETO
«Áreas y actividades sin drogas»
Art. 1
Se prohíbe el consumo de drogas tales como alcohol, tabaco, marihuana, cocaína, drogas de síntesis, en áreas públicas al aire libre del departamento de Lavalleja, que sean destinadas para uso exclusivo de niños, niñas y/o adolescentes.
Para la presente norma, se consideran áreas públicas tanto a las de domino público como de dominio privado, es decir todo lugar con acceso libre a público en el departamento de Lavalleja.
Art. 2
Este Decreto será de aplicación también en aquellos lugares o espacios públicos al aire libre o cerrado donde se realicen actividades dirigidas a niños, niñas y/o adolescentes organizado por instituciones gubernamentales, organizaciones sociales, deportivas, religiosas, empresariales, etcétera que requieran permisos o gocen de exoneraciones, aportes, u otros beneficios del gobierno departamental cualquiera sea su naturaleza.
Art. 3
La fiscalización del cumplimiento de estas disposiciones estará a cargo de la dirección de Higiene de la Intendencia Departamental de Lavalleja.
Art. 4
El Gobierno Departamental de Lavalleja colocará, en los espacios mencionados en el artículo 1, cartelería visible informando la prohibición.
En el mismo sentido todas las actividades dirigidas exclusivamente a Niños, Niñas y/o Adolescentes que sean organizadas por instituciones públicas nacionales o departamentales, como privadas de acceso libre y que requieran del permiso del Gobierno Departamental, deberán informar mediante cartelería, altavoces, video, etcétera de la prohibición del uso de drogas en el espacio donde se realiza la actividad.
Art 5
Aquellas instituciones, organizaciones, etc, que, durante la actividad, no cumplan con lo previsto en esta norma, motivará la suspensión de habilitaciones, permisos, etcétera que otorgara el Gobierno Departamental. En ese mismo sentido, aquellas organizaciones que gocen de exoneraciones tributarias o apoyos económicos por parte de la Intendencia, también podrán ser suspendidas.
Art. 6
La publicidad, promoción de actividades o de visitas a espacios al aire libre destinados a niños, niñas y/o adolescentes deberá contar con información contenida en este decreto.