05.09.2024 Autoridades del MGAP y Ministerio del Interior informaron sobre normativa por animales sueltos en la vía pública
Por Karen Corbo
El director Departamental del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) , Adolfo Beracochea, el jefe Departamental de Sanidad Animal de Lavalleja Dr. Miguel Díaz, el jefe de la Brigada Departamental de Seguridad Rural Sub Comisario Richard Suárez y el director de Coordinación Ejecutiva de Jefatura de Policía de Lavalleja Comisario Mayor Eduardo Sugo, informaron sobre el decreto 233/022, que establece la actuación del Ministerio del Interior (MI) y el MGAP ante la presencia de animales sueltos en la vía pública.
Decreto
«En los pueblos, en las ciudades, en los caminos, en las rutas y en general en toda la vía pública ha generado una serie de distorsiones que nos llevan a que el presidente de la República firmó el decreto 233/022 donde da las potestades al MGAP, específicamente a Sanidad Animal para tomar las riendas en esta determinación de poder solucionar el tema y evidentemente hay un paso que es intervenir con el Ministerio del Interior. En ese sentido el MGAP aunque esté bajo la supervisión en este caso de la Dirección de Servicios Ganaderos, Sanidad Animal, involucra a todo el ministerio para que las medidas se puedan tomar», explicó Díaz.
«Es bueno que la opinión pública sepa de qué se trata, cuáles son los reclamos y las obligaciones que van a tener que tener los tenedores de animales a nivel de la vía pública», valoró y reseñó que «todos aquellos animales que se encuentren en la vía pública, inclusive en los vertederos, en los basurales, que está prohibido tener animales en esos lugares, con dueño conocido o desconocido se va a hacer una notificación por parte del MI y si se conoce al propietario de los animales, se le va a dar 72 horas para que pueda retirar de esos lugares. No ocurrido eso, automáticamente la Policía nos va a dar intervención a Sanidad Animal, nosotros vamos a actuar, si hay que sacar muestra de sangre, se lo va a hacer. Se envía a nivel central y luego la determinación de Jurídica qué destino se da a esos animales. El destino puede ser que llegue a ser comercializado en un remate ferial, donado a una ONG para algún tipo de acción o una equinoterapia y en el caso de comprobar un estado desastroso de los animales, que sanitariamente comprometa a la salud pública y a otros animales, se va a determinar el sacrificio de esos animales, ya sea en un establecimiento de faena o en un enterramiento en el mismo lugar con actas y presencia de la autoridad oficial».
Animales
El decreto refiere a los animales «ovinos, caprinos, suinos, vacunos y equinos, donde evidentemente esto se movió y en forma contundente por una serie de situaciones a nivel nacional de accidentes que han causado los equinos con accidentes fatales, destrozos de vehículos y muchas veces de herramientas de trabajo, que no hay quien se haga responsable de esos accidentes. Por lo tanto a partir de ahora vamos a intervenir con 72 horas previas de la Policía, nos dan pase y veremos los pasos a seguir. Pero no solamente el productor o el dueño de los animales que se adjudique la propiedad de esos animales va a tener que demostrar que son dueños de esos animales, van a tener que demostrar con marcas, señales o el número de DICOSE porque hasta ahora todo tenedor de animales tiene que tener frente a la Dirección de Semovientes, el número de DICOSE. Si no tiene campo se le llama PP, que es lo que caracteriza a Lavalleja. A la vez ese PP cuando haga la declaración jurada de ese número va a tener que decir en qué DICOSE físico se encuentra», indicó Díaz.
Mencionó el jerarca que «hay otras responsabilidades también que a partir de ahí ante un accidente, una intervención y estar identificado, evidentemente la responsabilidad de esa persona que se adjudique la propiedad de los animales va a tener que defender frente a la autoridad pública».
Ordenar
Berachochea sostuvo que esta normativa tiene por objetivo «ordenar lo que tiene que ver con los animales sueltos en carreteras nacionales como en caminos vecinales, como en las mismas ciudades donde el animal suelto de por sí ya causa problemas como accidentes graves. También son un peligro para la diseminación de distintas enfermedades tanto zoonóticas desde el punto de vista animal, como desde el punto de vista humano. Con esto se da un marco jurídico a la intervención del MGAP junto con el MI, donde se le da un plazo al dueño. Si el dueño no cumple el plazo y no logra comprobar que es el dueño, ya tiene un destino el animal».
«Con esto lleva un compromiso importante por parte del MGAP y del MI. Si pasan las 72 horas y el dueño lo reclama, tiene que hacerse cargo de todos los gastos, eso es otra cosa, sino el animal va a remate o se dona a una institución, que lo más fácil de entender es un caballo a equinoterapia. Si el animal está en condiciones que sea un riesgo para la salud del animal, se determinará si va a sacrificio o qué se hace. Se quiso ordenar porque existía un vacío. En otros departamentos es un problema bastante importante», añadió el director departamental del MGAP.
Consultados sobre qué sucede cuando ninguna persona se hace cargo del animal y estos pasen a feria, Díaz respondió que «tenemos una marca de Sanidad Animal que con esa intervención, si son caballos se marca con esa marca. La persona que compre en el feria va a salir con el número del feriante porque hay un expediente atrás que avala. Vamos a aplicar esa marca de Sanidad Animal. Los animales vacunos que no cuenten con las caravanas de trazabilidad que estén actualizados, se les va a aplicar las caravanas verdes, que lo coloca un territorial del SNIG (Sistema Nacional de Información Ganadera). Los caballos lo mismo».
Problema
Sugo valoró el decreto, aunque «tal vez en Lavalleja no se ve tanto el tema de los animales sueltos», pero «hay departamentos donde los animales sueltos son casi un problema endémico. Lo hemos visto en las últimas horas con ese hecho que hubo en Santa Lucía. Lo novedoso que tiene del decreto es que permite al MGAP dentro de las 72 horas de la retención del animal por el MI, tomar una intervención y una acción sobre ese animal, que antes de este decreto se dificultaba y no estaba muy claro quién la podía tomar o si se podía o no rematar».
«Lo novedoso es que ante la intervención sobre un animal de ese tipo, dentro de las 72 horas, ya el MGAP va a poder imponer de él y los dueños o quienes se acrediten como propietarios van a tener que tener en cuenta los costos que eso lleva. Esto no deja sin efecto la ley que actualmente aplica el MI, que es ante la constatación de animales sueltos en la vía pública identificado el propietario se aplican las multas correspondientes», indicó el jerarca policial.
Perros
Ante la consulta de cómo se está trabajando con los perros sueltos en la vía pública, Díaz consideró que «no sé si es un debe o una responsabilidad que en algún momento hay que tomarla, porque si bien es cierto que los accidentes pueden ser causados por grandes animales, también han sido sumamente delicadas las intervenciones con caninos. Por lo tanto, por ahora lo que figura en el decreto son esas especies pero sabemos que a nivel país hay más perros que personas y han causado serios inconvenientes. De alguna forma se va a ir corrigiendo, esto es un primer paso».
Riesgos
Suárez precisó que «en el tema de animales sueltos nosotros desde que salimos a hablar siempre estamos invitando y recordando lo que refiere la tenencia responsable de animales», que implica, «que si la persona quiere tener un animal, que lo tenga en las condiciones que ese animal necesita. Advertimos siempre dos riesgos potenciales con la tenencia de animales, uno es el tema de animales sueltos, el riesgo potencial de que ese animal pueda causar un accidente. De hecho hemos tenido unas cuantas situaciones con riesgos conocidos o desconocidos, tal cual lo advierte el decreto y por suerte nos abre el abanico para que podamos tomar intervención».
«El riesgo potencial es un poco más pasivo pero que está muy latente, es todo lo que tiene que ver con transmisión de enfermedades. Porque si bien la persona tiene el animal, a veces las condiciones que está ese animal y que muchas veces en contacto con otros animales o humanos, hace que exista un riesgo potencial siempre. Para nosotros la aparición de este decreto o el trabajo mancomunado con el MGAP nos da una herramienta más que válida para que en los casos que hemos intimado, sometido a la justicia a algunas personas, que ahora sepan que existe otro mecanismo para que sea más riguroso el tema y que puedan llevar a perder el animal si no están en las condiciones que deberían estar», concluyó.